EXTRANJERÍA Y NACIONALIDAD

Atención a la especial trascendencia de la modificación del Arraigo Laboral, ahora con los dos años de estancia podrá probarse el tiempo mínimo trabajado de 6 meses con la vida laboral, es decir, cuenta el tiempo trabajado de forma regular.

¿Quiere conseguir el Permiso de Residencia en España, quiere reagrupar a su familia, le han abierto un expediente de expulsión o desea adquirir la nacionalidad española?

 

A estas y a otras cuestiones nosotros podemos darle una respuesta.

 

Solo la asistencia de un abogado especializado en materia de Extranjería es garantía de éxito.

 

Si consideramos viable el caso, le ayudaremos a conseguir todos los documentos, a traducir los necesarios y a conseguir el permiso de residencia. Le guiaremos durante todo el procedimiento y realizaremos las gestiones en su nombre que sean precisas.

 

Llámenos, somos especilistas en materia de Extranjería, no pierda el tiempo en hacerlo por su cuenta.

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